En la plaza pública española, donde el café se enfría al ritmo de la conversación manida de los tertulianos y las sentencias judiciales se comentan como alineaciones de fútbol, hay un señor francés al que no dejan descansar ni muerto: Montesquieu. Lo manosean tanto que, si levantara la cabeza, pediría inmediatamente una orden de alejamiento constitucional.
Montesquieu —Charles-Louis de Secondat, barón de La Brède y de Montesquieu— nació en 1689 cerca de Burdeos. Aristócrata, jurista y observador irónico de la sociedad, escribió en 1748 El espíritu de las leyes, obra fundamental de la historia del derecho político. Tenía esposa, Jeanne de Lartigue, y tres hijos, aunque probablemente ninguno imaginó que, siglos después, el apellido familiar acabaría utilizado como pelota de tenis parlamentaria.
Porque en España, cuando una decisión judicial favorece a los de la cuerda del que habla, existe “plena separación de poderes”. Si les perjudica hablan de “lawfare”, “injerencias intolerables”, “jueces politizados” y “ataque a la democracia”. Y viceversa, naturalmente. Aquí nadie quiere una justicia independiente. Lo que cada uno desea es una justicia dependiente… de sí mismo.
Montesquieu formuló una idea sencilla y revolucionaria: para evitar el despotismo, el poder debía dividirse. Poder legislativo para hacer leyes, ejecutivo para gobernar y judicial para juzgar. No era un capricho decorativo ni una sugerencia estética para manuales de oposiciones. Era una arquitectura de frenos y contrapesos. La clave estaba en que ningún poder pudiera comerse con papas al otro.
Pero en el debate contemporáneo español, la separación de poderes se parece más a una goma elástica. Se estira, se encoge y se retuerce según la conveniencia del momento. Un ministro critica una sentencia y sus partidarios aseguran que “la justicia también debe escuchar a la sociedad”. Un juez investiga a un rival político y entonces se convierte en héroe constitucional. Horas después, el mismo juez toca a los propios y automáticamente pasa a ser un oscuro agente de las cloacas.
La teoría jurídica, sin embargo, es menos flexible que los discursos. O hay independencia judicial o no la hay. No existe una “semiindependencia simpática” para las resoluciones agradables y una “dictadura togada” para las desagradables. La independencia judicial significa precisamente que el juez pueda decidir incluso contra los intereses del poder político, mediático o económico. Si el magistrado solo es independiente cuando coincide con nosotros, entonces no queremos jueces, queremos empleados con puñetas.
La historia del derecho está llena de pensadores que reforzaron esta idea. John Locke ya había defendido la limitación del poder estatal. Más tarde, Hans Kelsen desarrolló la supremacía constitucional y el control jurídico del poder. Y Alexis de Tocqueville advirtió que las democracias también podían caer en formas suaves de tiranía si las instituciones perdían autonomía.
Pero España es un país creativo. Aquí hemos inventado la separación de poderes cuántica: existe y no existe al mismo tiempo, dependiendo de quién mire la noticia. Montesquieu, mientras tanto, sigue siendo citado por todos y entendido por pocos. Convertido en santo patrono de las tertulias indignadas, soporta que cada partido lo saque en procesión cuando conviene y lo guarde en el trastero cuando estorba.
Quizá la verdadera independencia judicial empezará el día en que alguien acepte una sentencia adversa sin decir inmediatamente que el sistema está corrompido. Ese día, probablemente, Montesquieu podrá por fin descansar en paz… aunque en España tampoco conviene confiar demasiado en los descansos eternos.





