Al fin se publicó ayer la sentencia del Tribunal Supremo (TS) 418/2026 sobre el “caso Koldo/Ábalos/PSOE”, de la que ha sido ponente el presidente del Tribunal Andrés Martínez Arrieta. El fallo se retrasó sobre el horario previsto por el deseo de los magistrados de dictar una sentencia unánime y la existencia, al parecer, de algunas diferencias sobre la condena a aplicar el “arrepentido” Víctor de Aldama, pero se logró una decisión unánime, cosa poco habitual últimamente en la Sala Segunda de lo Penal, como se puso de manifiesto en el “caso del Fiscal General del Estado”. El pronunciamiento no ha sorprendido por su tenor, dada la contundencia de las pruebas que había contra los tres acusados, especialmente las ofrecidas desde dentro de la trama por Aldama. Quizás el más sorprendido haya sido el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que todavía se pregunta cómo fue posible que ostentara el superministerio de Transportes y la Secretaria de Organización del PSOE un corrupto y obseso sexual como José Luis Ábalos (JLA), una persona totalmente desconocida para él.
Fundamento moral de la sentencia
Se trata de una sentencia ejemplar en un caso sumamente grave. La naturaleza de los delitos juzgados están todos ellos relacionados con la corrupción pública, lo que exige unas reflexiones previas sobre este fenómeno delictivo. Cabe hablar de la corrupción en un sentido de quiebra del modelo de organización dispuesta para la gestión de asuntos con proyección patrimonial, cuyo fundamento reside en la violación de un deber de actuación propio de un mundo diseñado por el ordenamiento, pues quien se corrompe transgrede las reglas del cargo que ostenta o las funciones que cumple. Este modelo organizativo puede ser entendido como el conjunto de reglas que en cada caso regulan una conducta social sujeta a los principios y valores declarados en la Constitución. La conducta de corrupción se realiza mediante un acto que transgrede el deber y aparece vinculada a la expectativa de obtener un beneficio que no le correspondería de haber actuado de forma correcta. El concepto de corrupción se formula como la violación por parte de un individuo de las reglas que rigen su actividad con el objetivo de procurar, para sí mismo o para un tercero, una ventaja de cualquier índole, que no podría haber alcanzado se hubiera actuado de conformidad con el ordenamiento. Esta perspectiva permite comprender la corrupción no solo como un ilícito económico, sino como un fenómeno que afecta a la integridad de las organizaciones, tanto públicas como privadas, y a la confianza en su funcionamiento. En muchos casos supone un mecanismo de acceso, mantenimiento y explotación del poder para fines ilícitos: desmantelar controles institucionales, apropiarse de recursos públicos, manipular decisiones administrativas o condicionar políticas públicas en beneficio propio. Su gravedad radica en que erosiona los fundamentos del Estado democrático de Derecho al distorsionar la finalidad del poder público y convertirlo en un instrumento al servicio de intereses particulares.
Su efecto más grave es el deterioro de la confianza ciudadana en el sistema político, al quebrar la expectativa de que el poder democrático se ejerza en beneficio del conjunto de la ciudadanía. ”Una sociedad que percibe que quienes ocupan posiciones de poder actúan guiados por intereses privados o ajenos al servicio público para obtener un beneficio, experimenta una pérdida de legitimidad institucional que compromete la estabilidad del propio sistema”. Debe tenerse en cuenta que uno de los que ha transgredido las reglas del cargo es una autoridad de especial relevancia, al tratarse de un miembro del Gobierno de España y secretario de Organización del partido que lo sustenta. Los actos realizados no solo buscan un beneficio, sino que ejecutan desde el ejercicio del poder público el más alto rango de los órganos constitucionales. En consecuencia, los actos de corrupción no solo son delitos de contenido patrimonial o cometidos por ”malos servidores públicos”, que ocasionalmente infringen sus deberes profesionales. “Se trata de conductas que guardan una conexión directa con el ejercicio de la autoridad política y, por ello, poseen un potencial desestabilizador mucho mayor”, Sobre todo cuando se socava la arquitectura democrática de nuestro Estado social de Derecho. La corrupción opera como un fenómeno que distorsiona la finalidad del poder, debilita los contrapesos institucionales, y compromete la igualdad de los ciudadanos ante la ley.
Lo paradójico y sangrante del caso es que fue el condenado por corrupto JLA, el apóstol de la regeneración contra el Gobierno de Mariano Rajoy, quien había hundido supuestamente hasta límites insospechados la dignidad de la sede que ocupaba y no había tenido la decencia política de dimitir. El PP era “un auténtico y eficaz sistema de corrupción institucional”, mediante “la manipulación de la contratación pública central, autonómica y local”. El TS había adoptado una sentencia en la que, por primera vez, se había condenado a un partido político por corrupción, por lo que había desatado una inmensa indignación entre los españoles. Se presentaba la moción para recuperar la dignidad de la democracia, pues el Estado debía tener un Gobierno con fortaleza y autoridad moral. “Han engañado a la ciudadanía durante mucho tiempo”. El Gobierno del PP eludía cualquier tipo de responsabilidad política, esperaba que el tiempo transcurriera, que nos resignáramos a la impunidad y que nos olvidáramos de los hechos. Reaccionaban frente a un Gobierno que estaba poniendo en cuestión el Estado de Derecho. “Crearon con su particular uso del poder un verdadero círculo perfecto de corrupción, encubriéndola con tretas y artimañas, obstaculizando a la justicia para intentar engañar a la gente”. Rajoy podía intentar sobrevivir, pero ¿y el resto? ¿Va a encubrir todo esto, van a compartir la asunción de responsabilidades?. Primero la moción y después elecciones, porque, si no, sería la impunidad. “Los españoles no podemos tolerar la corrupción ni la indiferencia como si fuera algo normal. No podemos normalizar la corrupción en nuestras vidas ni en las instituciones ¿queremos un país digno, decente y orgulloso de sus instituciones?”. Yo no creo en los poderes paranormales que permiten presagiar el futuro, pero tengo que reconocer que JLA tenía unos poderes especiales para predecir lo que ocurriría 8 años más tarde, cuando ha visto reflejado en un espejo, no la actuación del PP y Rajoy, sino la del PSOE y Sánchez.
También estuvo éste premonitorio en su intervención en el Congreso el 31 de mayo de 2018. “La corrupción actúa como un agente disolvente profundamente nocivo para cualquier país. Disuelve la confianza de una sociedad en sus gobernantes y debilita en consecuencia los poderes del Estado, pero también ataca de raíz a la cuestión social, en la que se fundamenta la convivencia de nuestra democracia, si a la sensación de impunidad y a la lógica por la envergadura de los hechos que están siendo investigados, a la lógica respuesta lenta de la justicia, se une la incapacidad de asumir las más mínimas responsabilidades políticas por los actores concernidos” La corrupción merma la vigencia del Estado de Derecho cuando campa a sus anchas o no hay una respuesta política acorde a la entidad del daño que se ocasiona. Y en último término, la corrupción destruye la fe en las instituciones y, más aún en la política cuando no hay una reacción firme en el terreno de la ejemplaridad”. Sánchez le preguntó a Rajoy si estaba dispuesto a abandonar el Gobierno “¿Va a dimitir, señor Rajoy, o va a continuar aferrado al cargo debilitando la democracia y devaluando la calidad institucional de la presidencia del Gobierno?”. Debe dimitir porque su tiempo se acabó. No insista en su “obstinación de aferrarse al cargo hasta las últimas consecuencias, cueste lo que cueste, sufra quien sufra”. El presidente había optado por atrincherarse en el cargo aupado por el peso de una Cámara fragmentada, con grupos parlamentarios cuyos intereses eran difíciles y complejos de casar, que el propio Gobierno había tratado de ensanchar para perpetuarse en el poder. ¿No basta que su palabra cómo testigo no merezca crédito a la justicia, que el PP haya sido condenado a título lucrativo y que su ex-portavoz y más de 900 cargos públicos estén acusados por corrupción, o que tres de sus ex-ministros estén siendo investigados? Su comparecencia como testigo en la Audiencia Nacional devaluaba la institución que representa y sus actos no formaban parte de la regeneración democrática que necesitamos. Como ha dicho el diputado Ábalos, me gustaría destacar la actuación de los jueces y de las fuerzas de seguridad que no se dejan intimidar por las presiones. Alguien que prefiere refugiarse en la trinchera de un cargo que ocupa desde la soledad de su grupo parlamentario y que no se da por aludido pese a la censura que todos los grupos políticos de esta Cámara han ido desarrollando. Su estrategia estaba marcada por el descrédito, el insulto personal y la ofensa a mi partido. “No espere de mi parte ningún insulto”. Hoy España empieza a despejar la ecuación de su inexplicable permanencia al frente de la presidencia del Gobierno, un tiempo para abrir consensos que afronten los grandes retos que tenemos por delante y para rearmar moralmente al Estado. Entre los principios básicos de su futuro Gobierno Frankenstein, destacó Sánchez la estabilidad presupuestaria -inexistencia de presupuestos generales en lo que va de legislatura-, el europeísmo -se ha colocado en el extrarradio de la UE y de la OTAN-, el cumplimiento de la Constitución -que viola a diario- y el diálogo como forma de hacer política -para lo que levantó desde el primer día un muro para excluir a la oposición y negar la alternancia democrática en el poder-. Como en el caso de su fiel escudero JLB, ¿acaso no estaba anticipando Sánchez lo que él y el PSOE devendrían al cabo de ocho años de Gobierno?
Delitos por los que han sido condenados los tres tenores
Los hechos delictivos son de sobra conocidos, por lo que no cabe cansar a los lectores con la descripción pormenorizada de los mismos. Baste recordar que JLA, Koldo y Aldama han sido condenados por los siguientes delitos
1.-Constitución de organización criminal: En el sentido del artículo 570-bis del Código Penal, que la define como “agrupación formada por dos o más personas, con carácter estable o por tiempo indefinido, que, de manera concertada y coordinada se repartan diversas tareas o funciones con el fin de cometer delitos”. La actuación de los “tres tenores” se percibe en el testimonio del propio Aldama, que no es exculpatorio. Cada uno tenía un papel. JLA aportaba la autoridad y su capacidad de influencia desde su posición en el Ministerio de Transportes y en la Secretaría de Organización del PSOE. Koldo ejecutaba fiel y abusivamente las decisiones del jefe, y Aldama se encargaba de “localizar empresas o particulares interesados en cualquier clase de gestión con la Administración para, articulando sus intereses, hacerlos valer con preferencia ante aquella, a cambio de la correspondiente prestación económica”. A través de Koldo, JLA hacía gestiones a favor de las empresas vinculadas a Aldama, que -según el Secretario General de Puertos, Álvaro Sánchez, y la presidenta de Adif, Isabel Pardo de Vera- era “parte del Ministerio”. Aprovechándose de su influencia sobre Ábalos -garantizada mediante el abono de €10.000 mensuales y otros pagos en especie- conseguía la adjudicación de contratos con sustanciosos beneficios económicos para sí y para sus otros dos colegas. Desde el primer día del acceso al Gobierno de Sánchez, acordaron la comisión de delitos que se iban concretando conforme a las posibilidades quéese iban representando, especialmente en el ámbito de las competencias del Ministerio de Transportes. El 14 de marzo de 2020 el Gobierno declaró el estado de alarma por el COVID y encargo de su gestión, entre otros, al Ministerio que dirigía JLA, que fue capacitado para tomar medidas sin necesidad de tramitar procedimiento administrativo alguno. Así se pudo adjudicar a la empresa Solución de Gestiones -vinculada Aldama- el suministro de material sanitario -13 millones de mascarillas- a Puertos del Estado y a Adif a precios exorbitantes, que generaban las correspondientes comisiones La organización estuvo activa hasta la destitución de JLA en julio de 2021.
2.-Cohecho: Los encausados han cometido diversos delitos de cohecho, tanto activo como pasivo, contemplados los artículos 419, 422 y 424 del Código Penal, al solicitar o recibir en provecho propio de un tercero dádiva, favor o retribución de cualquier clase, Admitir dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su cargo o función, o
aceptar ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo de autoridad de funcionario un acto contrario a los deberes inherentes al mismo. Por otra parte, también incurren en cohecho los particulares que -por iniciativa propia o a solicitud de una autoridad o funcionario- les ofrecieren o entregaren dádiva o retribución de cualquier clase a una para que realizaran actos contrarios a los deberes inherentes a su cargo. Si la actuación conseguida o pretendida de la autoridad o funcionario tuviera relación con un procedimiento de contratación convocado por la Administración o entes públicos, el particular autor del cohecho será además inhabilitado. Mediante órdenes ministeriales, JLA autorizó el suministro de material sanitario a Puertos del Estado y a Adif por parte de Soluciones de Gestión -pese a haber recibido ofertas más ventajosas-, a cambio de comisiones de las que se beneficiaron los tres integrantes de la organización. Según Aldama, de una facturación de €60 millones, JLA le requirió 2 millones y Koldo €500.000 para la compra de su casa. También cometieron cohecho con el pago durante 30 meses del alquiler del piso de la “sobrina” de JLA, Jésica Rodríguez -€2.700 al mes-Éste por solicitarlo, Koldo por tramitarlo y Aldama más por abonarlo. Asimismo cabe incluir en este capítulo el contrato de arrendamiento firmado en 2019 de un piso en la Castellana y el pago por Aldama el alquiler de los chalets que Ábalos utilizó en Marbella y en La Línea. El TS acordó decomisar €430.298 obtenidos por cohecho.
3.-Tráfico de influencias: Según el artículo 428 del Código Penal, “el funcionario público o autoridad que influyere en otro funcionario público o autoridad prevaliéndose del ejercicio de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica con éste o con otro funcionario o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero” incurrirá en el delito de tráfico de influencias. JLA usó y abusó de su autoridad para influir sobre otras autoridades y funcionarios a fin de que tomaran medidas inapropiadas, con la cooperación necesaria de su “asesor ejecutivo” Koldo, como fueron los casos de las contrataciones de Jésica Rodríguez en INECO y TRAGSATEC, y de Claudia Montes en Longirail, donde cobraron sueldos sin ir a trabajar.
4.-Malversación: De conformidad con el artículo 432-1 del Código Penal, comete malversación “la autoridad o funcionario publicó que, con ánimo de lucro, sustrajere o consintiere que un tercero, con igual ánimo, sustraiga los caudales o efectos públicos que tenga a su cargo por razón de sus funciones”. JLA cometió este delito al imponer la contratación ilícita de Jésica y de Montes en empresas públicas, con la activa cooperación y supervisión de Koldo. Aquélla acompañó a su “tío” José Luis en 13 viajes oficiales en los que, aparte de que el Ministerio le costeara los gastos de transporte y alojamiento, le abonaba unas suculentas dietas.
El TS ha condenado a JLA a 24 años y 3 meses de prisión y a Koldo a 18 años y 8 meses, conforme a los solicitado por el Ministerio Fiscal. El Tribunal ha sido especialmente severo con Ábalos por estimar sumamente grave su conducta, que trascendía lo que no era baladí, al considerar que la corrupción surgía en las altas esferas del Estado y de la Administración, lo que ponía en riesgo el Estado de Derecho. El único que ha salido bien librado ha sido Aldama, al que se ha aplicado la atenuante muy cualificado de colaboración con la Justicia, pese a que el Ministerio Fiscal solo le había aplicado una atenuante no cualificado, por lo que solicitó una pena de 7 años. El jefe de la Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, pretendía conceder a Aldama el atenuante cualificado, pero la fiscal general, Teresa Permato, interfirió en sus funciones y le impidió arbitrariamente que lo solicitara. Luzón aceptó disciplinadamente las injustas órdenes de su superiora, pero en su intervención final dejó constancia de que se podría hacer reconocido a Aldama un atenuante cualificado. El Tribunal ha dado la razón a Luzón y desautorizado a Peramato al condenarlo a solo a 4 años y medio de prisión, por lo que no tendrá que acudir al hotel “Las Rejas”, si durante 5 año no delinque, se presenta semestralmente en la Fiscalía y realiza durante un año trabajos en beneficio de la comunidad.
Reacciones ante la sentencia
La decisión sobre Aldama ha sido un aspectos destacados de la sentencia, que ha soliviantado al PSOE, pese a que el Gobierno dictó una ley para favorecer la colaboración de encausados con la Justicia y afirmara, tras su adopción, que los procesados decididos a colaborar siempre serían apoyados por el Gobierno. Claro que eso sería siempre que la confesión no afectara adversamente al PSOE, al Gobierno o a su presidente. El bocazas de Óscar Puente ha declarado que era incomprensible que el TS rebajara la pena al corruptor y se cebara con los corrompidos por éste. La portavoz del PSOE, Montse Mínguez, ha comentado que el TS solo ha condenado a Aldama a 4 años de prisión, con lo que evita la cárcel, “porque así lo pidió el PP ¿Sale a cuenta ser corruptor en España? porque sinceramente cuesta trabajo entenderlo”. El abogado de JLA, Marino Turiel, ha señalado que el TS ha beneficiado al jefe de la banda y -según Koldo- “toda España ha visto que esto es una salvajada. Es la primera vez en España que el TS acepta íntegramente la petición de la Fiscalía en un asunto como éste. Entonces yo me pregunto ¿Para qué se ha celebrado un juicio? No hacía ninguna falta porque el objetivo ya estaba cumplido. A alguno se le ha ido la mano”.
Aldama, por el contrario, estaba pletórico. Mostró su satisfacción, afirmó que en este país la colaboración servía e instó a “todos los que vienen detrás a que colaboren”. El Tribunal ha dado gran relevancia a la colaboración de los arrepentidos. “El Estado de Derecho debe premiar con los instrumentos previstos en la legislación aquellos comportamientos relevantes que inciden en el descubrimiento y acreditación de delitos de gravedad para el sistema democrático, como los que son objeto de este juicio. Las actitudes procesales de colaboración deben ser premiadas para conseguir la depuración de estas conductas de corrupción. Su intensidad dependerá del grado de colaboración que, en el caso, ha sido máxima, por lo que máxima será la compensación en el señalamiento de la consecuencia jurídica”. Como ha observado Ángela Martialay, la sentencia constituye un llamamiento a colaborar con la Justicia a otros imputados, cómo Julio Matínez o la propia Leire Díaz, y un incentivo para que Aldama siga colaborando con la Justicia en otros casos, como los apaños de obras públicas, el fraude de hidrocarburos o el descontrol de dinero en metálico en la sede del PSOE en Ferraz. También valoraron los magistrados que Aldama hubiera propiciado y favorecido otras investigaciones y procedimientos seguidos en distintos juzgados, en los que el acusado continúa prestando una colaboración activa. El Tribunal ha aportado otra llamada de atención al indicar que hubo controles que fallaron a todas luces, lo que “bien parece obedecer a esa situación de colonización de las instituciones y empresas públicas, así como de otras tantas conductas llevadas a cabo por los aquí acusados desde sus puestos de poder y/o influencia, muy alejado del interés general que debería guiar su actuación”.
Alberto Núñez Feijóo ha exigido responsabilidades políticas a Sánchez tras la condena de JLA, y ha pedido una vez más que se celebren elecciones. También ha animado a los acusados en los de procesos pendientes que afectan el entorno del presidente a que confiesen sus delitos cómo ha hecho Aldama. ¿Y cuál ha sido la reacción de Sánchez ante semejante hecatombe? Pues ninguna, el silencio de los cementerios. El presidente padece de autismo político y de una desmemoria selectiva, que le hace olvidarse de manera fulminante de personas que han estado a su alrededor.
Viene a mi recuerdo una experiencia de mi época de estudiante en Inglaterra, cuando -junto con otros compañeros universitarios- hice una peregrinación a pie desde Londres al Santuario de Nuestra Señora de Walshingam. En la iglesia -que comparten católicos y anglicanos- había una enorme estufa de hierro del siglo XIX, en cuya tapadera estaba grabada un tortuga con el lema “lenta pero segura” y me ha recordado a nuestra justicia, que -a pesar de su lento caminar- acaba por llegar y nos ayuda de forma providencial a preservar el Estado de Derecho, pese a la obscena presión del Gobierno sobre jueces y fiscales. La Justicia avanza lentamente, pero lo peor es que la Política -con mayúscula- es aún más lenta, y en España ha desaparecido la responsabilidad política. Como ha editorializado “El Mundo”, el fallo del TS es extraordinariamente valioso por su solidez, por su unanimidad y por el mensaje de regeneración institucional que encierra. “Si el presidente estuviera a la altura de la responsabilidad política directa que tiene en este caso, dimitiría de forma inmediata”.





