Padecemos en España unas desgracias muy propias de nuestra época, como es un desmedido afán regularizador, que en nuestro caso se complica con el Estado de las Autonomías y sus 17 parlamentos autonómicos, en una incesante diarrea legislativa. Esto ha generado una proliferación de leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas y todo tipo de normas jurídicas, que además no resultan fáciles de interpretar, pues hasta las que ofrecen una evidente claridad en sus textos, en realidad utilizan palabras cuyo significado es diferente del común de la inmensa mayoría de ciudadanos.
Es lo que ha sucedido recientemente con las perturbaciones habidas en la vuelta ciclista, y a las que parecería aplicable el art. 558 del Código Penal, que dice «Serán castigados con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses, los que perturben gravemente el orden en la audiencia de un tribunal o juzgado, en los actos públicos propios de cualquier autoridad o corporación, … o con motivo de la celebración de espectáculos deportivos o culturales».
Y lo mismo cabe decir de otra importante ley que llaman Constitución, que en su art. 3.1 dice que «El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla». Son leyes de aparente claridad, pero que en realidad encierran un críptico significado sólo accesible a unos elegidos que ya ni siquiera necesitan de un cualificado bagaje jurídico.
Aunque también cabría pensar que estamos ante un nuevo ejemplo del viejo cuento del rey que se paseaba desnudo, cuyo traje sólo era visible para los «inteligentes».






2 Comments
Mariano Moreno, graduado de abogado en la Universidad de Chuquisaca en 1804 (actual Bolivia) supo explicar: «No es tan difícil establecer una ley
buena, como asegurar su observancia».
Vaya esta observación del prócer hispanoamericano como aporte a «Extrañas leyes de España», opinión de Miguel Ángel Loma. Para el mi cordial saludo.
Acertada observación.
Muchas gracias, Claudio.
Un saludo.