Ciertos eventos de la llamada prensa del corazón traen de nuevo a la actualidad el enojoso, desagradable asunto de “las imágenes íntimas”, lo que es delito y no, las nuevas modalidades de crimen y castigo, y la cantidad de tinta virtual que los juristas han derramado en los últimos años sobre este tema; tinta virtual, y dinero, juicios, gastos inmensos…
Con dificultad hallaríamos un tema más repulsivo, y sin embargo, la ubicuidad del mismo, su modo de poner de relieve las gigantescas incongruencias del actual modo de pensar, nos obligan, aun con la casi seguridad de ser mal interpretados y encasillados como lo peor, a expresar algo de nuestro asombro.
Una hubiera creído que eso de “imágenes íntimas” era una especie de perversión, comprensible dentro de lo que es la naturaleza humana (como también lo es el caer en el alcohol y la droga – es decir, algo perdonable, pero que, racionalmente, se debe evitar). Y que la inaudita facilidad de propagación de imágenes que hoy tenemos le añade, a esa perversión, un peligro extra que debe animar (si el raciocinio no lo hace – y menos un átomo de pudor o conceptos de esos que ni se mencionan), a evitarla. Ingenuamente, creíamos eso.
Un rato casual de escucha de tertulianos sobre ese tema nos hace ver que la realidad social no es así. Que el grabar escenas íntimas y mandarlas a alguien se considera algo normalísimo, dignísimo, algo natural, una especie de derecho, de lo a que nadie se le ocurre avergonzarse. ¡Vaya!
Pero ahora llega la otra cara: que si el receptor de tales vídeos (presumiblemente una “pareja” del emisor) se le ocurre mandarlo a otro, con un toque de botón, ese mero hecho constituye un delito monumental, para castigar el cual toda la sociedad debe financiar el enorme aparato judicial, los ingentes gastos de juicios, fiscales, tribunales supremos y no supremos, y por supuesto, cárceles…
¿Nadie ve que algo no concuerda? ¿Cómo puede ser una cosa digna, natural y normalísima, y otra altamente criminal?
Podríamos extendernos hasta el infinito. El envío de cartas es parte de nuestra civilización milenaria. Y siempre ha estado clarísimo (las leyes lo han refrendado, cuando ha habido conflictos por ese tema- misivas imprudentes se han escrito siempre, de esas de las que se arrepiente el autor…) que las cartas son propiedad del receptor. La jurisprudencia de siglos lo confirma.
Parece que la difusión de “vídeos íntimos” estaba penalizada si se habían obtenido ilegalmente; pero desde hace años gozamos del “adelanto” y “progreso” de que también lo está si a uno se lo envía el protagonista del “vídeo íntimo” por las buenas (por lo visto tan histórico cambio se debió a la acción de una concejala cuyas actividades parecían el colmo de la abyección humana, pero que ahora es una especie de heroína). La magnitud jurídica del cambio ha pasado totalmente inadvertida, así como su insostenibilidad, su incongruencia…
Una frase sabia rezaba: “¿Cómo quieres que te guarden un secreto que no has sabido mantener ni tú mismo?”.
El tema es inagotable. Pero limitémonos a una reflexión:
Si reenviar, aunque sólo sea a una persona (un pariente, un amigo cercano), un vídeo que a su vez te ha enviado el propio protagonista del vídeo, grabado por él mismo, ahora es un delito de enorme magnitud, que moviliza todo el aparato judicial, que acarrea penas de cárcel… será porque la difusión de esas imágenes se considera algo degradante, ofensivo, que atenta contra la dignidad humana, que hunde el prestigio de la persona que sale (si no, ¿a qué viene tanta dureza penal?).
Entonces, lo lógico sería considerar que quien inició la cadena también realizó algo degradante e indigno. También podía prohibirse y multarse.
Claro, esto suena inconcebible porque podría recordar a épocas por lo visto oscuras, en las que se castigaban cosas que atentaran contra el decoro (“Ah, no no, nada de censura moral; hoya tenemos libertad, mucha libertad…”). Pero, si tan normal y natural y digno es, el grabar cosas “íntimas” propias y enviárselas vía internet a una persona, ¿cómo puede ser tan indigno, abyecto y delictivo y merecedor de cárcel, el que esa a su vez se la mande a otra? Si todo es tan normal y digno y natural…
Si es por moral e indignidad, podía perfectamente prohibirse e incluso obligar a filtros en las mensajerías de Internet (como hacen otras redes sociales) que vetan este tipo imágenes. Incluso se podía hacer mucho para quitarle “atractivo” a esas prácticas (ya hemos visto que las leyes moldean el modo de pensar de la mayoría de las personas, ¡y cómo!).
Y por ende ¿no resulta algo grotesco, que la totalidad de la población tenga que sufragar, para los que tienen el capricho erótico de mandarle vídeos íntimos a un amigo, el asegurar que ese amigo no se lo mande a nadie más?
En fin, que esto será mal interpretado seguro. Eppur si muove. Una cosa no puede ser ella misma y la contraria.
Grabarse vídeos íntimos y enviarlos, ¿es aberrante? Hágase lo posible por evitarlo, y procúrese que socialmente esté mal visto dar el primer paso. ¿Es sano y natural? ¿Pues a qué viene preocuparse tanto?





