Recurramos a nuestro paisano Antonio Machado en su “Juan de Mairena”:
“Dios no se tomó el trabajo de no hacer nada, porque nada tenía que hacer antes de creación definitiva. Lo que paso fue que Dios vio el Caos. Lo encontró bien y dijo: “Te llamaremos mundo” Eso fue todo. La verdad es que el caos (decía mi maestro) no existe más que en nuestra cabeza. Allí lo hemos hecho nosotros»
Casi todos repudiamos el caos a la par que casi todos los aceptamos sin aportar lo más mínimo en la reordenación del colectivo en el que estamos inmersos. La culpa siempre la tienen los otros, mientras que los más despabilados se frotan las manos para acrecentar su poder.
La Constitución Española de 1978 fue, en su momento, el calmante para aliviar los sentimientos del pueblo, pero no eliminó la enfermedad. Y como la inmensa mayoría de los votos favorables fueron inducidos por los nuevos profetas profanos y no se preocuparon de leerla, fue aprobada sin un mínimo de convencimiento. A esto añademósle que al día de hoy es superior los que se encontraron con el trabajo hecho sin su participación a los que la votamos, y más aún, a los profesionales del politiqueo, no les interesan tocarla, digan lo que digan, porque con el sistema les va muy bien, y cada cual, políticos, jueces y otros exentos de responsabilidades cívicas, la alude o la eluden, según convenga.
En primer lugar tenemos a la Judicatura, que con claridad meridiana y sin respetar el poder que se le tiene otorgado, que es el respetar las leyes, y sobre todo la Constitución, tiene por objetivo vulnerar el resultado de las urnas, pretende, ya que a ellos sólo los pueden juzgar ellos mismos, como si fueran dioses, copar el funcionamiento del Gobierno.
No encontramos en el texto constitucional que el descubrimiento de un delito sea más grave que el delito en si. Y así lo están considerando los jueces, unos jueces que deben entrar en acción cuando el Ministerio Fiscal plantee con pruebas y documentación la problemática existente. Así se entiende en el artículo 124, el mismo que dice en su punto 4 que el Fiscal General del Estado es nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo del Poder Judicial. Luego el nombramiento es responsabilidad del Jefe del Estado y del Consejo. y no del que propone, porque las propuestas, que yo sepa, no tienen validez hasta que no son admitidas por la superioridad. Entonces, ¿por qué no se procesa al Rey y al Consejo del Poder Judicial?
De seguro que algún erudito en la materia, pretenda convencerme, como intentó como único argumento, un Director de mi Empresa cuando defendía los intereses de los trabajadores en tiempos de la Dictadura: “Usted quiere llegar demasiado lejos”. Una velada amenaza.
Si entramos en el terreno del Fiscal General del Estado, observaremos otra trampa constitucional, porque se confunde el Estado con el Gobierno, y la realidad es que este cargo esta instituido, en la práctica, por los defensores de la misma jerga.
La Constitución no hay por donde cogerla desde el punto de vista democrático, las contradicciones son múltiples, como es el caso de la igualdad. Por ejemplo ¿estaría Pedro Sánchez utilizando las maniobras con cualquier ciudadano español, más necesitado de justicia, que el que está empleando con el líder catalán, pero que por cierto no es el primero que lo hace?
Por ejemplo es igualdad, teniendo una Ministra que se le llena la boca de sus funciones, la inmunidad, los aforamientos, el libramiento de la cárcel a individuos influyentes, la atención que presta un juez o jueza a un acusado con abogado de oficio que al respaldado por un bufete de prestigio.
Ordena la Constitución que nadie, por ningún motivo, puede quedar indefenso ante la ley, y en otro sitio dice que la justicia es gratuita, pero sin embargo la ley acota ese derecho, obligando al denunciado o al acusador a realizar un gasto de abogado y procurador, con lo que el derecho a la propiedad se vulnera, pues nadie tiene potestad para alterar la economía de cualquier familia.
El “Secreto de Estado” y los “Fondos reservados” son otros artilugios para que los costea mediante impuestos no tienen derecho a saber nada. Es fácilmente comprensible que una investigación se reserve los datos hasta que queden aclarados, pero de ahí a que no faciliten las informaciones que les interesan, va un abismo.
¿Y los “Fondos reservados” en qué se gastan? ¿Quiénes son los dueños de estos dineros? Con bastante periodicidad el Gobierno dice que sí y otras que no en función de la presión, y no de los Presupuestos Generales del Estado. ¿Entonces para qué sirve esta ley?
En definitiva la Constitución Española es como el papel que arrugamos, y que posteriormente resulta imposible eliminar su deterioro. Además de ser un texto anticuado y no servir para la buena administración del pueblo, no ha sido aprobado en referéndum alguno por la mayoría de los españoles actuales. Por si fueran pocos los argumentos, su contenido es tan abstracto que en buena parte de las ocasiones deja en manos de leyes y tribunales sus interpretaciones y sus intereses.
Para no cansar dejaremos para otro espacio los Presupuestos de las distintas Administraciones, el timo y la manipulación de los ingresos y gastos de los cotizadores, que no son públicas, y sólo sirven para hacer de la capa un sayo del dinero que ha de ser sagrado.





