Una vez finalizado el estado de alarma, declarado por el Gobierno de la Nación, son ahora las Comunidades Autónomas las que tienen las competencias (que le otorgaban la legislación vigente), para adoptar las medidas que estimara necesarias.
La Junta de Andalucía, en el marco de sus respectivas competencias, establece y acuerda ahora limitaciones preventivas de carácter administrativo respecto de aquellas actividades públicas y privadas que, directa o indirectamente, puedan tener Consecuencias negativas para la salud.
El objeto de esta orden (BOJA del 7 de mayo de 2021) es establecer, con carácter temporal y excepcional, medidas específicas de contención y prevención en Andalucía, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), determinando las normas en cada nivel de alerta
MEDIDAS DE PREVENCIÓN ESPECIFICAS PARA LA HOSTELERIA EN ANDALUCÍA
Distancia de seguridad: Con carácter general, el consumo fuera o dentro del local se hará sentado en una mesa, o agrupaciones de mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad entre mesas o con la barra (como mínimo 1,5 metros).
No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros.
El horario de cierre de estos establecimientos será como máximo a las 24:00 horas.
NIVELES DE ALERTA
Se establecen cuatro niveles de alerta sanitaria en los que puede encontrarse un distrito sanitario o un municipio tras la evaluación de riesgo. La adopción de los niveles tendrán una duración no inferior a siete días naturales y se acompañará de un seguimiento continuo de la situación epidemiológica por parte de los Comités Territoriales de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto.
NIVEL DE ALERTA SANITARIA 1
– Los establecimientos de hostelería no podrán superar el 75% de aforo máximo para consumo en el interior del local.
– Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería podrán ocupar 100% de aforo.
– Las mesas tendrán un límite de 8 personas en interior y de 10 personas en Exterior.
– Se permite el servicio y consumo en barra, con el distanciamiento establecido.
– Se permite el servicio de buffet, siempre que se adopten medidas para mantener la distancia de seguridad interpersonal.
NIVEL DE ALERTA SANITARIA 2
– Los establecimientos de hostelería no podrán superar el 75% de aforo máximo para consumo en el interior del local.
– Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería podrán 100% de aforo.
– Las mesas tendrán un límite de 6 personas en interior y de 8 personas en exterior.
– Se permite el servicio y consumo en barra con el distanciamiento establecido.
– Se permite el servicio de buffet, siempre que se adopten medidas para mantener la distancia de seguridad interpersonal.
NIVEL DE ALERTA SANITARIA 3
– Los establecimientos de hostelería no podrán superar el 50% de aforo máximo para consumo en el interior del local.
– Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería podrán ocupar 100% de su aforo.
– Las mesas tendrán un límite de 4 personas en interior y de 6 personas en exterior.
– Se permite el servicio y consumo en barra con el distanciamiento establecido.
– Se permite el servicio de buffet, siempre que se adopten medidas para mantener la distancia de seguridad interpersonal.
NIVEL DE ALERTA SANITARIA 4
– Los establecimientos de hostelería no podrán superar el 30% de aforo máximo para consumo en el interior del local.
– Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería podrán ocupar el 75%de las mesas permitidas
– Las mesas tendrán un límite de 4 personas en interior y de 6 personas en exterior.
– Se prohíbe el consumo en barra.
– Se prohíbe el servicio de buffet.
IMPORTANTE SU ENTRADA EN VIGOR
Esta orden surtirá efecto a partir de las 20:00 horas del día 8 de mayo, en donde no habrá toque de queda, se podrá anula el cierre perimetral de Andalucía y el horario de la hostelería , podrá ampliarse a las 24:00 horas de la noche.
Al menos hasta que el día 13 de mayo, en el que se establezcan los nuevos niveles y aforos de las distintas zonas de la Comunidad Andaluza, nos acogeremos a la nueva Orden. Por ejemplo en Sevilla, NIVEL ACTUAL 3: aforo interior 50%, el exterior al 100%, grupos de personas en interior de 4, y en el exterior de 6. Se permite la barra.
Estaremos todos pendientes, a ver qué nivel establece la Junta, a partir del día 13 de mayo (festividad de la Virgen de Fátima, por cierto) en los distintos municipios andaluces, para saber qué condiciones o medidas debemos cumplir.
Ojalá este sea el principio del fin de las medidas más duras y restrictivas que ha padecido el sector de la hostelería y vayamos con ayuda de la vacunación masiva dando pasos en positivo para llegar a una más que añorada normalidad.
Apelo desde aquí a todos los ciudadanos y hosteleros a cumplir con mucho ahínco las normas básicas sanitarias, para que esta pandemia no vuelva con sus famosas olas.
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