Con la sucesión de borrascas que sufre la península desde principios de año, la movilidad se ha visto afectada, incluida la aérea. Por eso, los retrasos y las cancelaciones en los aeropuertos del país, especialmente en los andaluces, han sido frecuentes durante las últimas semanas.
Ante esta situación, cada vez más habitual en esta época del año, cabe preguntarse cuáles son los derechos que amparan a los pasajeros afectados y si es posible presentar una reclamación aérea, bien por cuenta propia o a través de plataformas especializadas como AirHelp.es. Para ello, conviene informarse sobre los derechos por retraso de vuelo y las condiciones en las que pueden ejercerse.
Así, si vas a volar próximamente, merece la pena recordar los siguientes aspectos básicos sobre los derechos de los pasajeros.
Qué ley es aplicable en caso de retraso de vuelo
Si tu vuelo se retrasa, la ley que regula tus derechos en la Unión Europea es el Reglamento (CE) 261/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo. En este texto legal, se indican los diversos tipos de incidencias (retrasos, cancelaciones y denegación de embarque) y cuáles son los derechos que amparan a los pasajeros afectados en cada caso.
Entre ellos, destaca el derecho a compensación económica por retraso de vuelo, para el que la ley estipula una serie de requisitos:
- El retraso debe ser importante, es decir, superior a las tres horas en la llegada al destino, como bien confirma la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
- Las causas que provocan el retraso deben depender de la compañía aérea y no ser consideradas «circunstancias extraordinarias», como son, por ejemplo, las condiciones meteorológicas adversas u otras razones de seguridad ajenas a la aerolínea.
Cuánto se puede reclamar por un vuelo retrasado según la ley
De cumplirse los requisitos indicados en la ley, entonces los afectados podrán recibir una indemnización por vuelo retrasado, cuyos importes también vienen fijados en el reglamento:
- 250 € en todos los vuelos de 1500 km o menos.
- 300 € en los vuelos no comunitarios de más de 3500 km con un retraso de entre tres y cuatro horas.
- 400 € en los vuelos dentro de la UE de más de 1500 km y en vuelos no comunitarios de entre 1500 y 3500 km.
- 600 € en los vuelos no comunitarios de más de 3500 km con un retraso superior a las cuatro horas.
Qué hacer si tu vuelo se retrasa
Es muy probable que en el momento en el que te notifiquen el retraso no puedas hacer mucho más que seguir las instrucciones de la aerolínea, pero sí que hay algunas cuestiones que vale la pena recordar:
- Infórmate sobre la causa del retraso, pues de ella depende el poder presentar una reclamación aérea.
- Si el retraso termina siendo superior a las tres horas, toma fotografías que puedan servir como prueba, como son las pantallas informativas.
- No aceptes otras ofertas, como puntos de vuelo, que la compañía aérea podría ofrecerte como compensación, pues esto podría hacerte perder el derecho a reclamar.
- Guarda los comprobantes de compra de los gastos imprescindibles que debas hacer a raíz del retraso, siempre que la aerolínea no se haga cargo de ellos desde un principio, pues podrías reclamarlos en un momento posterior.
Dónde reclamar por retraso de vuelo
Las reclamaciones aéreas no pueden presentarse al momento en el mismo aeropuerto. Para poder hacerlo, las aerolíneas ofrecen en sus páginas web los correspondientes formularios de reclamación, que los pasajeros deberán rellenar con sus datos personales y los relativos al vuelo.
En general, esa suele ser la forma más habitual de presentar una reclamación por vuelo retrasado, siempre que la aerolínea no ponga problemas o no niegue que las causas fueron realmente su responsabilidad.
Sin embargo, es cierto que existen otros casos en los que es necesario ir un paso más allá y recurrir a ayuda experta para poder reclamar las indemnizaciones que correspondan.
Reclamar mediante terceros
Un caso habitual en el que se suele reclamar mediante la ayuda de terceros es, precisamente, en las cancelaciones o los retrasos por mal tiempo. A pesar de que en la mayoría de las ocasiones se consideran incidencias debidas a circunstancias extraordinarias (y por lo tanto no son reclamables), existen situaciones en las que no es así, pues, tal como indica la ley, el transportista deberá haber «hecho todo lo posible por evitar dichos retrasos o cancelaciones».
Esto quiere decir que podría ser posible reclamar un vuelo retrasado o incluso cancelado por mal tiempo si el transportista no ha hecho todo lo posible, dentro de lo razonable, por evitarlo o bien si no puede justificar que el motivo se debió a una circunstancia extraordinaria como son las condiciones meteorológicas adversas.
Así las cosas, en caso de dudas respecto de los derechos por retraso de vuelo por mal tiempo, como los causados por las borrascas que azotan el país, conviene recurrir al asesoramiento profesional.





