
En España, El Defensor del Paciente registró en 2025 un total de 14.986 denuncias por presuntas negligencias médico-sanitarias, la cifra más alta de la última década. Esta cifra supone un incremento de 898 casos con respecto al año anterior y confirma una tendencia al alza que se mantiene desde 2023. Además, de todos las denuncias registradas, 951 casos terminaron en la muerte del paciente. Por autonomías, Madrid lidera las estadísticas con 3.811 casos (el 27% del total nacional), seguida de Andalucía con 2.509 y Cataluña con 1.783.
Cifras elevadas que esconden historias de personas que han sufrido un daño evitable. Familias que buscaban respuestas o pacientes que no recibieron el tratamiento adecuado. Y ante esa situación de indefensión en la que muchos se pueden llegar a encontrar, ¿qué podemos hacer para defender nuestros derechos? ¿Hay que reclamar primero al hospital? ¿Se puede ir directamente a juicio? ¿Qué documentos hacen falta? ¿Cuánto tiempo lleva todo el proceso?
El camino legal tras una presunta negligencia médica es complicado. Sin embargo, hay pasos definidos, plazos que cumplir y documentación específica que reunir. Álvaro Hidalgo Fernández, abogado especializado en Derecho Sanitario y fundador del despacho Hidalgo Fernández Abogados, lleva años guiando a pacientes y familiares por este proceso. Y lo primero que aclara es que no todos los casos son negligencia, pero cuando lo son, los pacientes deben tener el asesoramiento de abogados negligencias medicas para tener las máximas posibilidades de ganar y ejercer sus derechos.
Primer paso: identificar si hay negligencia médica
No todo error médico es negligencia. La medicina no es una ciencia exacta y existen complicaciones inherentes a cualquier tratamiento que no implica mala praxis. En este sentido, hay que aclarar que la negligencia médica existe cuando se produce un daño al paciente por imprudencia profesional, falta de habilidad técnica o incumplimiento de protocolos establecidos.
Al respecto, los casos más frecuentes de negligencia médica suelen ser errores de diagnóstico (no detectar a tiempo una enfermedad grave), fallos quirúrgicos (dejar material dentro del paciente, intervenir el órgano equivocado), administración incorrecta de medicación, falta de consentimiento informado adecuado o alta hospitalaria prematura.
En opinión de Álvaro Hidalgo Fernández, “para que exista responsabilidad legal deben confluir tres elementos: una actuación médica por debajo del estándar exigible (lex artis), un daño real al paciente (físico, psicológico o económico), y una relación de causalidad directa entre esa actuación deficiente y el daño sufrido”.
Este primer paso requiere un profundo conocimiento técnico. Por eso los abogados especializados en negligencias médicas trabajan desde el inicio con peritos médicos que evalúan si la actuación sanitaria fue correcta o no. Sin ese informe pericial, la reclamación tiene escasas posibilidades de prosperar.
Segundo paso: solicitar la historia clínica completa
Antes de presentar cualquier reclamación, es imprescindible obtener la historia clínica completa del paciente. Es un derecho legal recogido en la Ley de Autonomía del Paciente, y el centro sanitario está obligado a entregarla en plazo razonable (habitualmente 30 días). Este documento debe incluir todos los informes médicos, resultados de pruebas diagnósticas, consentimientos informados firmados, registro de medicación administrada y anotaciones del personal sanitario.
La importancia es tal que se convierte en la base sobre la que se construye toda la reclamación. A pesar de ello, o tal vez por ello, hay algunos centros sanitarios que dificultan su entrega, envían documentación incompleta o tardan meses en responder. En estos casos, un abogado especializado puede reclamar formalmente e incluso solicitar medidas cautelares para preservar la documentación y evitar que se modifique.
Tercer paso: la reclamación
Se puede presentar directamente ante el centro sanitario (si es privado) o personal médico una reclamación extrajudicial previa a la posterior demanda. Ante el Servicio de Atención al Paciente de la Administración Sanitaria correspondiente (si es público).
En cuanto a la reclamación patrimonial, hay que indicar que es un procedimiento administrativo específico para casos donde ha habido daño físico o económico al paciente en el ámbito público. Se presenta ante la Consejería de Sanidad correspondiente.
Algunas reclamaciones se resuelven mediante acuerdos indemnizatorios antes de llegar a tribunales y esto también ocurre en el ámbito privado.
Cuarto paso: la vía judicial
Si la vía extrajudicial no prospera o la vía administrativa no es satisfactoria para el paciente o su familia, queda la vía judicial. Aquí, existen dos caminos: el civil (cuando se reclama contra centros sanitarios privados) y el contencioso-administrativo (cuando se reclama contra la sanidad pública).
De ellos, el primero (civil) es más ágil, con unos plazos que varían entre uno y tres años según la complejidad del caso y la carga de los tribunales.
El segundo, el procedimiento contencioso-administrativo, requiere haber agotado antes la vía administrativa y los plazos suelen ser más largos, aunque existen procedimientos abreviados para casos urgentes.
En ambos casos, el papel del abogado especializado es determinante. “Buscar asesoramiento legal especializado desde el primer momento evita errores que después no tienen solución”, enfatiza Álvaro Hidalgo Fernández, quien se ha especializado en negligencias médicas, contando con un equipo propio de peritos médicos de distintas especialidades .
En casos de tanta importancia con una negligencia médica, saber cuál es el camino, qué pasos seguir y contar con profesionales especializados en Derecho Sanitario es vital para obtener una reparación o quedarse sin ella. Porque ante 41 casos diarios de negligencias médicas, el derecho a reclamar es una necesidad para defender la salud y los derechos de los pacientes.





